Para tiPara empresas
EntrarConsulta gratis
  1. Inicio/
  2. Decreto 441 de 2022

Normativa · Colombia

Decreto 441 de 2022: cómo se contratan pagadores y prestadores de salud

El Decreto 441 de 2022 regula los acuerdos de voluntades entre las entidades responsables de pago (EPS, entidades adaptadas, ARL y entidades territoriales) y los prestadores o proveedores de salud. Define su contenido mínimo, las modalidades de pago, la nota técnica, los indicadores y la auditoría de cuentas médicas. Sustituyó un capítulo del Decreto 780 de 2016.

Revisado contra el texto completo publicado por Función Pública en octubre de 2026. Prevalece el texto oficial vigente.

Ver el contenido mínimo del acuerdoModalidades de pago

¿Cómo quieres seguir?

Elige el camino que se ajusta a lo que necesitas hoy.

Aseguradoras, EPS e IAFAS

¿Auditas para una aseguradora o EPS?

Agenda 30 minutos con el equipo: auditoría de cuentas médicas con reglas, evidencia clínica y revisión humana. El auditor decide.

Ahora mismo

Resuélvelo ahora por WhatsApp

Pregúntale a Arkangel AI en WhatsApp: te ayuda a auditar cuentas, glosas y casos con IA. Tú decides.

Abrir WhatsApp

Formación

Aprende a auditar con IA

Auditor PRO: 4 módulos, plantillas y comunidad de auditores. Pago único, garantía de 7 días.

$120.000 COP$180.000 COP

Ver el curso

¿Qué regula el Decreto 441 de 2022?

El Ministerio de Salud expidió el Decreto 441 el 28 de marzo de 2022. Su artículo 3 dice que sustituye el Capítulo 4 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, el capítulo de los acuerdos de voluntades. Por eso hoy se cita como «Decreto 780 de 2016, artículos 2.5.3.4.x».

Su objeto (artículo 2.5.3.4.1.1) es regular los acuerdos de voluntades en sus etapas precontractual, contractual y poscontractual, y establecer mecanismos de protección a los usuarios. Aplica a las entidades responsables de pago, a los prestadores de servicios de salud inscritos en el REPS y a los proveedores de tecnologías en salud.

Fechas y alcance del Decreto 441 de 2022
TemaQué dice el decreto
Fecha de expedición28 de marzo de 2022.
ImplementaciónDesde el 1 de mayo de 2022; los acuerdos en curso tenían hasta el 1 de julio de 2022 para ajustarse (artículo 2). El incumplimiento lo sanciona la Superintendencia Nacional de Salud.
Entidades responsables de pagoEPS, entidades adaptadas, ARL en su actividad en salud y entidades territoriales cuando contratan intervenciones individuales o colectivas (artículo 2.5.3.4.1.3).
Dónde está hoyDecreto 780 de 2016, Libro 2, Parte 5, Título 3, Capítulo 4 (artículos 2.5.3.4.1.1 y siguientes).

Contenido mínimo de un acuerdo de voluntades

El artículo 2.5.3.4.2.2 exige, «con independencia de la o las modalidades de pago», que cada acuerdo contenga como mínimo estos elementos. Son la primera lista de chequeo del auditor: una cuenta se audita contra lo pactado.

  • Objeto determinado, plazo de duración y lugar donde se prestan los servicios o se proveen las tecnologías.
  • Base de datos georreferenciada de la población objeto (o estimaciones poblacionales para intervenciones colectivas) y su mecanismo de actualización.
  • Servicios habilitados contratados según el REPS y tecnologías en salud objeto de contratación.
  • Red Integral de Prestación de Servicios a la que pertenece el prestador.
  • Modalidad o modalidades de pago y mecanismos de ajuste de riesgo frente a las desviaciones de la nota técnica.
  • Guías de práctica clínica y protocolos de atención aplicables.
  • Nota técnica, según la modalidad de pago, y las tablas de la modalidad pactada.
  • Rutas integrales de atención en salud (RIAS) obligatorias y priorizadas.
  • Servicios y tecnologías que requieren autorización y el mecanismo expedito para tramitarla; referencia y contrarreferencia.
  • Indicadores pactados y su periodicidad de seguimiento, que nunca puede superar el plazo del acuerdo.
  • Reportes obligatorios, plazos de pago (sin exceder la Ley 1122 de 2007, la Ley 1438 de 2011 y la Ley 2024 de 2020) y mecanismos de solución de conflictos.
  • Renovación automática, terminación y liquidación; incentivos; metodología para medir frecuencias mínimas y el debido proceso para descuentos.

Modalidades de pago del Decreto 441 de 2022

El artículo 2.5.3.4.2.3 permite pactar libremente una o varias modalidades. Enumera estas cuatro, «entre otras». Las prospectivas fijan el valor antes de la atención; la retrospectiva, después.

Modalidades de pago del artículo 2.5.3.4.2.3 del Decreto 780 de 2016
ModalidadTipoCómo se paga (texto del decreto, resumido)
Pago individual por caso, conjunto integral de atenciones, paquete o canastaProspectivaSuma fija acordada por anticipado por cada caso atendido, ligado a un evento o condición en salud atendido con un conjunto definido de servicios y tecnologías.
Pago global prospectivoProspectivaSuma fija global por anticipado para un grupo de personas determinado durante un periodo definido, con frecuencia de uso ajustada por riesgo y por cambios de volumen de la población.
Pago por capitaciónProspectivaPago anticipado de una suma fija por usuario de una población asignada e identificada, para servicios de baja complejidad, durante un periodo determinado.
Pago por eventoRetrospectivaSuma fija por cada unidad suministrada para atender los requerimientos en salud de una persona.

Parágrafo 1 del mismo artículo: en las modalidades prospectivas «siempre se deberán incorporar notas técnicas y pactar mecanismos de ajuste de riesgo» frente a sus desviaciones.

  • Pago global prospectivo y presupuestos máximos: guía

Nota técnica, indicadores e incentivos

Nota técnica (art. 2.5.3.4.2.4)

Anexo obligatorio en las modalidades prospectivas. Como mínimo: población objeto y su caracterización, frecuencias de uso, costos acordados por servicio o tecnología y la periodicidad del monitoreo, que nunca puede igualar o superar el plazo del acuerdo.

Indicadores (art. 2.5.3.4.3.1)

De estructura, proceso o resultado, con ficha técnica, sobre calidad de la atención, gestión (incluidos tiempos de facturación, devoluciones, glosas, respuesta, pagos y cartera) y resultados en salud, con línea de base al iniciar.

Incentivos y pago por valor (art. 2.5.3.4.2.5)

Las partes pueden pactar incentivos económicos o no económicos por la mejora, el logro y el mantenimiento de los resultados de los indicadores pactados.

Auditoría y glosas en el Decreto 441 de 2022

  1. 1

    Modelo de auditoría (art. 2.5.3.4.3.2)

    Debe contemplar como mínimo los aspectos administrativos, financieros, técnico-científicos y de calidad del servicio. La auditoría de calidad se desarrolla con el PAMEC de cada agente.

  2. 2

    Auditoría de cuentas médicas (art. 2.5.3.4.3.3)

    Se hace con los soportes que define el Ministerio, con sujeción al Manual Único de Devoluciones, Glosas y Respuestas, en los términos del artículo 57 de la Ley 1438 de 2011 y con la información validada del RIPS.

  3. 3

    Soportes de cobro (art. 2.5.3.4.4.1)

    El prestador presenta la factura con los soportes definidos por el Ministerio, «sin que haya lugar a exigir soportes adicionales». El RIPS es soporte obligatorio.

  4. 4

    Aceptación de glosas y facturas (arts. 2.5.3.4.4.2 y 2.5.3.4.4.3)

    La glosa se acepta expresamente o en forma tácita si el prestador no responde en los plazos de la Ley 1438. La factura queda aceptada si la entidad no glosa a tiempo.

El manual vigente es la Resolución 2284 de 2023, que el decreto declara de obligatoria adopción (artículo 2.5.3.4.4.6). En la práctica, una glosa sólida combina dos fuentes: la causal del manual y lo pactado en el acuerdo de voluntades (tarifa, modalidad, servicios contratados, autorizaciones).

  • Resolución 2284 de 2023: guía completa
  • Glosas en salud: tipos y cómo responderlas

Checklist del auditor: la cuenta frente al acuerdo

  • ¿El servicio facturado está en la relación de servicios habilitados y contratados?
  • ¿La tarifa corresponde a la modalidad y a las tablas pactadas para esa vigencia?
  • ¿El servicio requería autorización según el acuerdo y existe?
  • ¿Los soportes son los definidos por el Ministerio, sin exigir adicionales?
  • Si la modalidad es prospectiva: ¿la atención está dentro de la población y la nota técnica, o es una desviación que activa el ajuste de riesgo pactado?
  • ¿La glosa cita la causal del Manual Único y el soporte que la sostiene, dentro del plazo legal?

Preguntas frecuentes

¿Qué es el Decreto 441 de 2022?

Es el decreto del Ministerio de Salud, expedido el 28 de marzo de 2022, que regula los acuerdos de voluntades entre entidades responsables de pago y prestadores o proveedores de salud. Sustituyó el Capítulo 4 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, donde hoy está compilado.

¿Qué modalidades de pago define el Decreto 441 de 2022?

Enumera, entre otras, cuatro: pago individual por caso o paquete, pago global prospectivo y pago por capitación, que son prospectivas, y pago por evento, que es retrospectivo. Las partes pueden pactar una o varias. En las prospectivas siempre debe haber nota técnica y mecanismos de ajuste de riesgo frente a sus desviaciones.

¿Qué es la nota técnica en un acuerdo de voluntades?

Es el anexo que detalla los servicios y tecnologías, su frecuencia de uso estimada, sus costos y el valor total por grupo de población o de riesgo. Es obligatoria cuando se pacta una modalidad prospectiva y debe incluir la población objeto, las frecuencias, los costos acordados y la periodicidad de su monitoreo.

¿Desde cuándo rige el Decreto 441 de 2022?

Rige desde su publicación en marzo de 2022. Las entidades debían implementarlo a partir del 1 de mayo de 2022, y los acuerdos de voluntades que ya estaban en curso tenían hasta el 1 de julio de 2022 para ajustarse. La Superintendencia Nacional de Salud puede sancionar el incumplimiento de esa obligación.

¿Qué dice el Decreto 441 de 2022 sobre la auditoría de cuentas médicas?

Dice que la auditoría de cuentas médicas se hace con los soportes definidos por el Ministerio, con sujeción al Manual Único de Devoluciones, Glosas y Respuestas, hoy la Resolución 2284 de 2023, y en los plazos del artículo 57 de la Ley 1438 de 2011. Además prohíbe exigir soportes adicionales a los definidos.

¿El Decreto 441 de 2022 reemplazó al Decreto 4747 de 2007?

El Decreto 441 no menciona al Decreto 4747. Lo que hace es sustituir el capítulo del Decreto 780 de 2016 sobre acuerdos de voluntades, el compendio donde se compilaron las normas reglamentarias del sector. Para casos concretos, verifica la vigencia de cada artículo en el texto compilado del Decreto 780 publicado por Función Pública.

¿Auditas cuentas para una EPS o aseguradora?

Arkangel AI audita cuentas médicas contra las reglas, tarifas y criterios que tu equipo pacta, con evidencia en cada hallazgo. Lo que no se puede confirmar queda como «no verificado» y el auditor decide.

Agendar una conversaciónVer auditoría para aseguradoras

Siga leyendo

  • Resolución 2284 de 2023: guía del Manual Único de Glosas
  • Glosas en salud: tipos y cómo responderlas
  • UPC 2026
  • Pago global prospectivo y presupuestos máximos
  • Auditoría en salud: tipos y etapas
  • Auditoría concurrente
  • Pertinencia médica
  • Cómo ser auditor médico
  • Especialización, diplomado o curso
  • Cuánto gana un auditor médico
  • Test: ¿qué tan preparado estás para auditar con IA?
  • Glosario de auditoría médica

Fuentes oficiales

  • Decreto 441 de 2022, acuerdos de voluntades (Función Pública) — Texto completo: sustituye el Capítulo 4 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016. Consultado el 14 de octubre de 2026.
  • Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud (Función Pública) — Texto compilado con sus modificaciones: SOGC (Libro 2, Parte 5, Título 1) y acuerdos de voluntades (Título 3, modificado por el Decreto 441 de 2022). Consultado el 14 de octubre de 2026.
  • Resolución 2284 de 2023, Manual Único de Devoluciones, Glosas y Respuestas (MinSalud) — Conceptos de glosa (FA, TA, SO, AU, CO, CL, SA) y artículo 5 sobre la auditoría de cuentas médicas. Consultado el 14 de octubre de 2026.
  • Ley 1438 de 2011, artículo 57 (Función Pública) — Trámite y plazos de glosas. Consultado el 14 de octubre de 2026.

Revisado contra los textos oficiales el: 2026-10-14. Guía informativa; no constituye asesoría jurídica. Prevalecen el texto oficial vigente y lo pactado en cada acuerdo de voluntades.

Al ingresar aceptas los términos y la política de privacidad.

© 2026 Arkangel AI.

Empresa

Quiénes somosPreciosContactoPrivacidadTérminosSeguridad y cumplimiento

Producto

MedSearchIA para MédicosBúsqueda médica con IAInvestigaciónCasos de usoCalculadorasCambios

Recursos

BlogAlternativa a OpenEvidenceAlternativa a UpToDateCálculo de goteoEquivalencia de corticoidesTarifas SOAT 2026Centro de Auditoría MédicaHerramientas para auditores médicosPodcastAcademyBoletínAfiliadosAssessment de adopción de IASistema de Diseño

Inteligencia Aumentada