Guía para IPS y aseguradoras · Colombia

ADRES SOAT: reclamaciones por accidentes de tránsito sin SOAT o con vehículo fantasma

Cuando el vehículo del accidente no tiene SOAT, no está identificado (vehículo fantasma) o tiene SOAT de tarifa diferencial y se agotó su tope, la IPS reclama los servicios de salud a la ADRES, hasta 701,68 UVT por víctima. Tiene 18 meses desde el egreso, y la ADRES audita con su Sistema Inteligente de Auditoría.

Normas y noticias oficiales verificadas el 14 de octubre de 2026. Esta guía es para equipos de facturación, auditoría y aseguradoras; si usted es víctima de un accidente, consulte directamente a la ADRES.

¿Quién paga: la aseguradora del SOAT o la ADRES?

El artículo 2.6.1.4.2.3 del Decreto 780 de 2016, modificado por el Decreto 2644 de 2022, reparte la cobertura de los servicios de salud así. Los topes son por víctima, en UVT al momento del evento.

Entidad que paga los servicios de salud de una víctima según el caso
CasoPagaHasta
Vehículo asegurado con SOATAseguradora que expidió la póliza701,68 UVT
Vehículo con SOAT de tarifa diferencial (rango diferencial por riesgo)Aseguradora hasta 263,13 UVT; ADRES el excedente701,68 UVT en total
Vehículo no aseguradoADRES701,68 UVT
Vehículo no identificado (fantasma)ADRES701,68 UVT
Accidente con vehículos asegurados y no aseguradosCada aseguradora paga a los ocupantes del vehículo que asegura; la ADRES, a los ocupantes de los no asegurados o no identificados y a los terceros701,68 UVT
Evento terroristaADRES701,68 UVT
Evento catastrófico de origen natural u otro evento aprobadoADRES701,68 UVT

Lo que supere el tope lo asumen la EPS, el régimen especial o la ARL de la víctima. En 2026, 701,68 UVT equivalen a $36.749.788 y 263,13 UVT a $13.781.171.

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Las reclamaciones ante la ADRES en cifras

Cifras publicadas por la ADRES.

432.234
reclamaciones nuevas radicadas por las IPS en 2025; el 99,6 % por accidentes de tránsito sin SOAT.
$702.000 millones
pagados por la ADRES en 2025 por accidentes de tránsito sin SOAT.
50 %
de las reclamaciones nuevas de junio de 2026 correspondió a vehículos con SOAT diferencial; 27,9 % a vehículos no identificados y 22,1 % a vehículos sin SOAT.

Fuentes: ADRES, noticias del 28 de julio y del 6 de agosto de 2026.

Plazos ante la ADRES

El término general es de 18 meses (art. 73 de la Ley 1753 de 2015, modificado por el art. 152 de la Ley 2294 de 2023). Finalizado sin radicar, prescribe el derecho al pago. La Resolución 1236 de 2023 fija desde cuándo se cuenta:

Desde cuándo corren los 18 meses según el amparo
AmparoLos 18 meses se cuentan desde
Servicios de saludLa fecha de egreso de la víctima que figura en el soporte de la atención.
Gastos de transporteLa fecha del traslado o del evento que figura en la hoja de traslado.
Con certificado de tope, póliza falsa o anuladaLa fecha en que la IPS recibió la certificación de la aseguradora, si es posterior a la atención.

Después de radicar: la ADRES hace la auditoría integral dentro de los dos meses siguientes al cierre del periodo de radicación; la IPS tiene dos meses desde que recibe el resultado para objetar o subsanar todas las glosas en una única oportunidad (si no responde, acepta la glosa); la ADRES audita la respuesta en dos meses y paga dentro del mes siguiente al resultado.

Qué verifica la ADRES en la auditoría integral

El artículo 10 de la Resolución 1236 de 2023 lista los requisitos para reconocer y pagar una reclamación. La ADRES no puede exigir requisitos adicionales (art. 9).

Artículo 10, Resolución 1236 de 2023

  • Formulario diligenciado en su totalidad, conforme al instructivo.
  • Médico o profesional tratante inscrito en el RETHUS o prestando el servicio social obligatorio.
  • Que la víctima exista a la fecha del evento y se acredite su condición de víctima.
  • Que la ADRES sea la entidad competente para pagar.
  • Que la reclamación no se haya reconocido antes, por la ADRES ni por otra entidad.
  • Que se presente dentro del término de 18 meses.
  • Que el prestador y el servicio estén habilitados en la fecha de la prestación.
  • Que los servicios guarden relación con el evento y con los soportes.
  • Que los servicios se hayan prestado a la víctima y estén debidamente facturados.
  • Que cada ítem esté liquidado con las tarifas vigentes y el total por evento no supere la cobertura.

Soportes propios de las reclamaciones ante la ADRES

  • Vehículo no asegurado o no identificado, accidentes desde el 1 de febrero de 2025: informe descriptivo del accidente (art. 149 de la Ley 769 de 2002) o constancia del aviso inmediato a la policía (art. 218 de la Ley 906 de 2004), según la Circular 001 de 2025 de la ADRES.
  • Excedente de tarifa diferencial: certificado de agotamiento de cobertura de la aseguradora.
  • Eventos catastróficos o terroristas: certificado del consejo municipal de gestión del riesgo.
  • Factura electrónica con sus RIPS, y el XML de la factura con su representación gráfica en la herramienta de radicación (Circular 016 de 2024).

El Sistema Inteligente de Auditoría (SIA) de la ADRES

La ADRES anunció el SIA el 14 de abril de 2026, con entrada en operación en mayo de 2026, y el 28 de julio de 2026 informó que ya opera la plataforma de procesamiento y análisis automático de cuentas médicas por accidentes de tránsito sin SOAT, vehículos no identificados, eventos terroristas y desastres naturales.

Lo que dice la ADRES

  • Automatiza la radicación de reclamaciones y aplica inteligencia artificial a la auditoría de cuentas médicas, con un proceso de supervisión y mejoramiento permanente en manos de auditores profesionales.
  • Instruye a las IPS en la correcta radicación para evitar glosas administrativas, al verificar la calidad de la información desde el inicio.
  • Busca bajar el trámite de auditoría y pago, que hoy puede superar los tres meses sin contar la respuesta a glosas, a menos de dos semanas.
  • Refuerza la detección temprana de inconsistencias, desviaciones y posibles fraudes, y se ampliará progresivamente a otro tipo de cuentas del sistema.

Qué significa para las IPS

  • La calidad del dato decide desde la radicación: placa, SIRAS, fechas, diagnósticos y totales del FURIPS deben ser consistentes con los soportes antes de enviar.
  • Los requisitos no cambian: siguen siendo los de la Resolución 1236 de 2023 y la Circular 022 de 2023. Lo que cambia es la velocidad con que una inconsistencia se convierte en glosa.
  • La respuesta a glosas sigue siendo única y en dos meses: conviene tener los soportes ordenados y foliados desde la primera radicación.

Qué significa para las aseguradoras del SOAT

  • El SIA audita las reclamaciones que paga la ADRES, no las de las aseguradoras. Pero en tarifa diferencial la cuenta se parte en dos: la aseguradora paga hasta 263,13 UVT y la ADRES el excedente.
  • El certificado de agotamiento de cobertura y el reporte mensual FUCTAS (primeros cinco días hábiles de cada mes, Circular 022 de 2023) son el puente entre las dos auditorías: lo que la aseguradora aprueba define desde dónde audita la ADRES.
  • Con la ADRES auditando más rápido y con reglas estandarizadas, las diferencias de criterio entre la auditoría de la aseguradora y la de la ADRES sobre una misma víctima se vuelven más visibles.

Las secciones «Qué significa para las IPS» y «para las aseguradoras» son análisis de Arkangel AI sobre la norma y los anuncios oficiales, no posiciones de la ADRES.

Más sobre el SIA: qué hace la IA y qué cambia para EPS y aseguradoras

Preguntas frecuentes sobre reclamaciones SOAT ante la ADRES

¿Cuándo se reclama a la ADRES y no a la aseguradora del SOAT?

Cuando el vehículo no está asegurado o no está identificado, cuando la póliza de tarifa diferencial agotó su tope de 263,13 UVT (para el excedente hasta 701,68 UVT) y en eventos terroristas, catastróficos de origen natural u otros aprobados por el Ministerio de Salud (art. 2.6.1.4.2.3 del Decreto 780 de 2016).

¿Qué es un vehículo fantasma en una reclamación SOAT?

Es el vehículo que causó el accidente cuando se desconoce su placa y la IPS no tiene ningún dato para registrarlo. En el FURIPS 1 se marca como «vehículo fantasma», los campos de propietario y conductor quedan vacíos y la reclamación va a la ADRES.

¿Cuánto cubre la ADRES por víctima?

Hasta 701,68 UVT por víctima en gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios ($36.749.788 con la UVT 2026). En tarifa diferencial, la ADRES cubre de 263,13 a 701,68 UVT. Lo que exceda lo asume la EPS, el régimen especial o la ARL.

¿Cuál es el plazo para radicar una reclamación ante la ADRES?

18 meses desde el egreso de la víctima para servicios de salud, desde el traslado para transporte, o desde que la IPS recibió la certificación de tope, de póliza falsa o anulada (art. 152 de la Ley 2294 de 2023 y art. 7 de la Resolución 1236 de 2023). Vencido el plazo, prescribe el derecho al pago.

¿Qué es el SIA de la ADRES?

Es el Sistema Inteligente de Auditoría: una plataforma que automatiza la radicación de reclamaciones y aplica inteligencia artificial a la auditoría de cuentas médicas por accidentes de tránsito sin SOAT, vehículos no identificados, eventos terroristas y desastres naturales. La ADRES anunció su entrada en operación para mayo de 2026 y el 28 de julio de 2026 informó que la plataforma ya opera, con supervisión de auditores profesionales.

¿Cuánto tarda la ADRES en pagar una reclamación?

Según la Resolución 1236 de 2023, la ADRES audita dentro de los dos meses siguientes al cierre del periodo de radicación y paga dentro del mes siguiente a la comunicación del resultado. Con el SIA, la meta anunciada por la ADRES es completar el trámite en menos de dos semanas.

¿Cómo se responde una glosa de la ADRES?

En una única oportunidad y dentro de los dos meses siguientes al recibo del resultado de la auditoría, objetando o subsanando la totalidad de las glosas, ítem por ítem e indicando el folio de cada soporte. Si no hay respuesta en ese plazo, se entiende aceptada la glosa (art. 8.5 de la Resolución 1236 de 2023).

Fuentes oficiales

Última verificación: . Guía informativa. No reemplaza el texto oficial de las normas ni la asesoría jurídica, y no representa posiciones de la ADRES.